Otras noticias
Tendencia

¿Trabajas en Semana Santa? Conoce cuánto te deben pagar

Por Semana Santa, los días jueves 28 y viernes 29 de marzo son feriados no laborables a nivel nacional para trabajadores públicos y privados.

EYNG, 27/03/2024. La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que, conforme al artículo 6 del D. Leg. 713-Ley de Descansos Remunerados, los días jueves 28 y el viernes 29 de marzo –Jueves y Viernes Santo– son feriados nacionales no laborables para los trabajadores públicos y privados. En ese sentido, los trabajadores tienen derecho a percibir por los días feriados no laborables, la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo por cada día feriado.

No obstante, especificó que los trabajadores del sector privado que laboren el Jueves y Viernes Santo, previo acuerdo con el empleador y sin descanso sustitutorio, percibirán un triple pago por cada día trabajado: uno por el día feriado y otro por el trabajo realizado con una sobretasa de 100 %.

«Por ejemplo, si la remuneración del trabajador es de S/ 1 500 (S/ 50 diarios), de laborar los feriados 28 y 29 de marzo, y no tener descanso sustitutorio en otros días, tendrá derecho a percibir 3 remuneraciones por cada día: S/ 50 por el día feriado (que está incorporado dentro de la remuneración semanal, quincenal o mensual) y S/ 100 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)», sostuvo el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.

Esto también aplica al personal que viene prestando trabajo remoto o teletrabajo previo acuerdo con el empleador.

Trabajadores en Semana Santa: A tener en cuenta

La CCL enfatizó que si el descanso semanal del trabajador es el Jueves o Viernes Santo, este solo percibirá la remuneración por el descanso semanal y no por el feriado.

De igual manera, no se considera que se ha laborado en día feriado cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en día feriado.

Los trabajadores que durante el Jueves o Viernes Santo se encuentran gozando de vacaciones no tienen derecho a remuneración adicional por los referidos feriados.


AWS y la CCL revelan impacto transformador de la nube pública en Perú

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad