España pone techo al crédito al consumo: Interés máximo de 22%
El Gobierno de España aprobó un anteproyecto de ley que limita el interés del crédito al consumo y refuerza la supervisión del sector, en respuesta a la expansión de los préstamos digitales y de alto coste.
EYNG, 07/01/2025. En un contexto de fuerte expansión del crédito digital y de modelos de financiación rápida, el Gobierno de España ha decidido intervenir. El Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley que limita temporalmente al 22 % el interés de los créditos al consumo y redefine las reglas para microcréditos, tarjetas revolving y préstamos rápidos, con el objetivo de reforzar la protección al cliente y dar mayor seguridad jurídica a los operadores del sistema financiero.
La medida, presentada por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, responde —según explicó tras el Consejo de Ministros— a la profunda transformación del mercado en los últimos años, impulsada por la digitalización, la entrada de nuevos actores y la aparición de modelos de negocio que han cambiado la forma de conceder financiación al consumo.
Un mercado que cambió más rápido que la regulación
De acuerdo con el Ejecutivo, la normativa vigente no refleja adecuadamente la realidad actual del crédito al consumo, especialmente en segmentos como los microcréditos y los préstamos rápidos ofrecidos a través de plataformas digitales. En ese escenario, el Gobierno busca un doble objetivo: reforzar la protección de los consumidores, en especial los más vulnerables, y establecer reglas homogéneas y predecibles para las entidades financieras y prestamistas.
El anteproyecto de ley inicia desde hoy su fase de audiencia pública, junto con el proyecto de real decreto que desarrollará la norma. Los agentes interesados podrán presentar alegaciones hasta el 30 de enero. La iniciativa transpone además las directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia.
Límites claros al coste del crédito
Una de las principales novedades es la introducción de un sistema de limitación de costes basado en la TAE (tasa anual equivalente). El interés máximo se calculará tomando como referencia el interés medio del crédito al consumo, al que se sumará un margen adicional definido por tramos de importe:
- Hasta 1.500 euros: margen de 15 puntos porcentuales.
- Más de 1.500 y hasta 6.000 euros: margen de 10 puntos porcentuales.
- Importes superiores, con plazos de pago inferiores a ocho años: margen de 8 puntos porcentuales.
Mientras entra en vigor el real decreto, se establece un límite transitorio máximo del 22%, aplicable a todas las nuevas operaciones de crédito al consumo. Este tope también afectará a la liquidación de las tarjetas revolving, un producto ampliamente cuestionado por su elevado coste financiero.
Los límites serán revisados y publicados de forma trimestral y anticipada por el Banco de España, lo que introduce un marco de actualización periódica y mayor previsibilidad para el mercado.
Regulación específica para créditos de alto coste
El anteproyecto incorpora además un segundo régimen de control para los créditos considerados de alto coste. En este segmento se establece un plazo mínimo de reembolso de al menos tres cuotas mensuales, junto con una reducción significativa del coste financiero.
En concreto, el tipo de interés mensual se limita al 4%, con una comisión máxima del 5%, sujeta a un tope absoluto de 30 euros. Según explicó Carlos Cuerpo, un microcrédito típico de 300 euros a 30 días, que actualmente tiene un coste medio de 103 euros, pasará a tener un coste máximo de 40 euros bajo la nueva normativa. Si el consumidor decide reembolsar el préstamo en 30 días, el coste se reduciría a 20 euros.
Más exigencias en publicidad y conducta
La norma también endurece las obligaciones de conducta de los prestamistas de alto coste. En materia de publicidad, se prohíbe destacar la facilidad o rapidez para obtener el crédito por encima de elementos esenciales como el tipo de producto y el coste total de la financiación. El objetivo es evitar mensajes que minimicen el impacto real del endeudamiento en el consumidor.
Solo entidades supervisadas podrán conceder crédito
Otro cambio relevante es que únicamente podrán conceder préstamos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España. Para ampliar la concurrencia sin relajar los controles, el Gobierno crea dos nuevas figuras regulatorias: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado y los prestamistas de alto coste autorizados, que deberán cumplir requisitos específicos y quedar bajo supervisión.
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