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Nueva norma obliga a empresas a advertir individualmente sobre productos peligrosos

Indecopi refuerza la protección al consumidor con un nuevo sistema que obliga a las empresas a alertar directamente sobre productos peligrosos.

EYNG, 06/05/2025. Con la entrada en vigor de la Ley N.º 32230, se introdujeron tres reformas clave al Código de Protección y Defensa del Consumidor. El objetivo de esta actualización legal es consolidar el Sistema de Alertas de Productos y Servicios Peligrosos, gestionado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), lo que refuerza el marco legal para garantizar la seguridad de los consumidores frente a riesgos no previstos.

Obligación de comunicar riesgos de forma directa

En primer lugar, se modificó el artículo 29 del Código. A partir de ahora, las empresas están obligadas a informar individualmente a los consumidores cuando un producto o servicio adquirido represente un peligro potencial para su salud o seguridad. Según esta nueva disposición, la comunicación directa debe ser la primera opción. Solo en caso de que esto no sea viable, las empresas podrán recurrir a medios masivos con alcance nacional para difundir la advertencia.

Fuentes alternativas de información más flexibles

En segundo lugar, se ha actualizado el mismo artículo 29 con relación a los canales de atención e información. Según explicó Pedro Llerena, especialista del área de Competencia y Protección al Consumidor de CMS Grau, antes de la modificación los proveedores estaban limitados a ofrecer un número telefónico o una dirección física. Con la nueva ley, los proveedores tienen libertad para elegir canales digitales u otros medios alternativos gratuitos y accesibles, lo que permite mayor flexibilidad y eficiencia en la atención al público.

Creación del Sistema de Alertas de Consumo

Como tercer punto, se incorpora el artículo 29-A, que define el Sistema de Alertas de Consumo como un conjunto de normas y procedimientos orientados a informar a la ciudadanía sobre riesgos no anticipados. Este sistema incluye las siguientes acciones:

  • Recolectar y validar datos sobre productos y servicios que representen peligros.
  • Emitir y divulgar alertas al público.
  • Realizar seguimiento, actualización y verificación de las alertas emitidas.
  • Supervisar que las empresas cumplan con el proceso de comunicación de advertencias.

Nuevas atribuciones para el Indecopi

En paralelo, se modificó el artículo 136 del Código, otorgándole al Indecopi la responsabilidad de implementar y coordinar la gestión de este sistema de alertas. La entidad podrá emitir directivas, lineamientos y formatos que aseguren la correcta ejecución del sistema.

De acuerdo con Llerena, esta medida resulta beneficiosa tanto para consumidores como para proveedores, ya que los lineamientos del Indecopi permiten aclarar las responsabilidades empresariales y mejorar la toma de decisiones del consumidor en situaciones de riesgo, garantizando mayor transparencia.


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